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Información actualizada para el 2022
Cualquier violación a las normas de tránsito acarrea sanciones, según el Código Nacional de Tránsito Terrestre. Estas sanciones pueden ir desde multas hasta suspensión definitiva de la licencia de conducir.
Nadie está exento de cometer una infracción de tránsito, y si te llega a pasar es importante que conozcas todo sobre las multas, así que te ayudamos con algunas claves sobre este tema.
Una multa es una sanción por la que se debe pagar una cantidad de dinero y en Colombia estos montos son calculados con base en el salario mínimo legal diario vigente (S.M.L.D.V).
De allí surgen cuatro dudas claves para todos los conductores:
Las multas se calculan con base en el salario mínimo vigente, $1,000,000 mensuales en el 2022. El salario diario es de $33,333. Solo resta que multipliques ese monto por la cantidad de salarios diarios que estableciera la multa (artículo 131 del Código de Tránsito).
Las multas pueden ser equivalentes a 4, 8, 15, 30, o 45 S.M.L.D.V., dependiendo de la naturaleza de la infracción, que incluyen principalmente:
Ingresar número de placa de vehículo y documento del propietario (solo en el RUNT).
Solo es necesario ingresar el número de documento del propietario (RUNT y SIMIT).
Por el SIMIT:
Por el RUNT:
En el SIMIT tendrás la opción de pagar tus multas en línea. También puedes revisar los Servicios en Línea de la Secretaría de Tránsito y movilidad de tu ciudad, ya que algunas ofrecen esta alternativa.
Si bien puedes pagar el monto de la multa en una cuota, existe la posibilidad de diferir el pago, siempre que te dirijas a una oficina de movilidad y solicites un acuerdo.
Puedes obtener un descuento de 50% o 25% sobre el monto total. Para ello, debes presentarte ante los organismos de tránsito, para realizar el curso de seguridad vial y hacer efectivo tu descuento.
Si te presentas dentro de los cinco días siguientes de recibir el comparendo, tendrás el 50%; pero si lo haces dentro de los 20 días siguientes solo corresponde el 25%, siempre que la sanción no sea por embriaguez y/o alcoholemia.
La multa prescribe luego de tres años de cometer la infracción de tránsito. Si pasado este plazo “después de que se cometió una infracción de tránsito, la autoridad de movilidad del lugar donde se cometió la falta no realiza el cobro de la multa, esta prescribirá y no podrá cobrarse”, de acuerdo a un trabajo especial de El Tiempo.
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