Impuesto vehicular Bucaramanga - Santander

      R5
      4 minutos de lectura
      octubre 2022

       

      El impuesto vehicular en Santander es un tributo departamental, es decir, que la Gobernación de dicho departamento es la que establece la normativa correspondiente para toda la ciudad y los municipios, incluyendo a la ciudad de Bucaramanga.

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      ¿Qué es el impuesto vehicular?

      El impuesto vehicular es un impuesto que debe pagar todo propietario de un vehículo que esté matriculado en algún organismo de tránsito del departamento de Santander. Recuerda que el pago del impuesto vehicular, así como la adquisición del SOAT, son un requisito obligatorio para que puedas circular en la ciudad. 

      Plazo para pagar el impuesto en Santander

      Pago del impuesto vehicular con descuentos por pronto pago

      El cronograma para la declaración y pago del impuesto vehicular en el departamento de Santander fue establecido de la siguiente forma:

      Terminación

      Descuento

      15%

      10%

      5%

      1-2

      24 de abril

      29 de mayo

      26 de junio

      3-4

      25 de abril

      30 de mayo

      27 de junio

      5-6

      26 de abril

      31 de mayo

      28 de junio

      7-8

      27 de abril

      01 de junio

      29 de junio

      9-0

      28 de abril

      02 de junio

      30 de junio

      Fuente: Portal de impuestos Gobernación de Santander. Elaboración propia.

      Después de las fechas de descuentos, el plazo para pagar el impuesto vehicular sin incurrir en multas y sanciones es hasta el 31 de diciembre de 2023.

      Precio impuesto vehicular 

      La base gravable sobre la que se calcula el valor del impuesto vehicular (la tarifa) a nivel nacional es establecida cada año por el Ministerio de Hacienda y se define a partir del valor comercial del vehículo.  

      Para el 2023, estos valores se determinaron en el Decreto 1739 del 16 de diciembre de 2022, los cuales son los siguientes:

      Tipo de vehículo

      Rango de avalúo 

      (valor comercial)

      Tarifa

      Desde

      Hasta

      Vehículos particulares

      Automóviles, camperos, camionetas, station wagon, vehículos de carga y de pasajeros.

      $0

      $52.483.000

      1,5%

      $52.483.000

      $118.033.000

      2,5%

      $118.033.000

      En adelante

      3,5%

      Motocicletas

      con más de 125 cm3

      Todos los avalúos

      1,5%

      Vehículos Públicos

      Todos los avalúos

      0,5%

      Fuente:  Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá. Elaboración propia.

      Para calcular cuánto debes pagar de impuesto vehicular en el 2023 en Santander, debes:

      1. Identificar el tipo de vehículo del cual eres propietario.
      2. Establecer el avalúo, o el valor comercial, de tu vehículo.
      3. Utilizar el cuadro anterior para identificar la tarifa que aplica en tu caso.
      4. Multiplicar la tarifa por el valor comercial.
      5. Multiplicar por el descuento, en caso de que aplique.

      Consulta el impuesto vehicular Bucaramanga - Santander

      A continuación, te explicamos el paso a paso para que sepas cómo pagar el impuesto vehicular si tu vehículo está registrado en Bucaramanga.

      Consulta

      El primer paso es registrarte en el portal web que la Gobernación de Santander ha creado para todo lo relacionado con el impuesto vehicular. 

      1. Ingresa https://iuva.syc.com.co/santander
      2. Selecciona la opción “Consultar y pagar”.
      3. Ingresa la placa del vehículo a consultar.
      4. Verifica que los datos del vehículo que se generan automáticamente en la plataforma sean correctos.
      5. Diligencia los datos adicionales que solicita la plataforma.
      6. Cuando hayas verificado el valor y que toda la información sea correcta, procede al siguiente paso que corresponde a la liquidación del impuesto.

      Descargar la factura

      El segundo paso es generar la factura, también llamada liquidación, del impuesto vehicular, lo cual se hace a través de la plataforma en línea de la Gobernación de Santander. 

      1. Ingresa nuevamente al portal https://iuva.syc.com.co/santander
      2. Ingresa los datos que te solicita la plataforma: la placa del vehículo, el tipo y número de documento del propietario. 
      3. Haz clic en “Pagar”.
      4. Verifica los datos y haz clic en “Preparar liquidación”.
      5. Vuelve a verificar los datos, y si todo está bien, haz clic en “Generar liquidación”, así podrás descargar la factura.

      Dónde pagar el impuesto vehicular Bucaramanga - Santander

      Teniendo ya la factura, el último paso es realizar el pago del impuesto vehicular, lo cual puedes hacer a través del canal físico o el canal digital. 

      Canal físico

      1. Luego de descargar la factura o liquidación de la plataforma en línea, imprime la factura utilizando una impresora láser.
      2. Dirígete a cualquiera de los puntos autorizados para el pago de este impuesto en Bucaramanga, entre los cuales están: la Casa del Libro Total en Bucaramanga, San Gil o Barrancabermeja; Banco Agrario, puntos Éxito, Efecty o Baloto. Para las personas que se encuentren en cualquier parte del país tendrán las oficinas principales de Davivienda, BBVA, Banco Popular y Banco de Occidente, para cumplir con la obligación.

      Canal digital

      1. Cuando has generado la liquidación, la plataforma te presentará la opción de realizar el pago por los canales digitales.
      2. Sigue las instrucciones de tu entidad bancaria hasta que la plataforma te confirme el éxito de la transacción.

      Sanciones por no contar con el impuesto al día

      Las sanciones se generan por no realizar el pago en los plazos establecidos por la Gobernación de Santander, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2023. 

      Por lo tanto, todos los que realicen el pago del impuesto vehicular a partir del 1 de enero de 2023 deben liquidar y pagar una sanción por extemporaneidad junto con los intereses de mora que correspondan. Es importante tener en cuenta que la sanción mínima es de $212.000. 

      Vehículos exentos de pagar el impuesto

      Los casos en los que se exceptúa el pago del impuesto vehicular son los siguientes:

      • Las motonetas, motocicletas con cilindraje inferior a 125 cc.
      • Los vehículos utilizados como maquinaria agrícola (tractores, trilladoras, etc).
      • Maquinarias utilizadas para la construcción de vías públicas. 
      • Vehículos o industriales que no se desplacen por vías de uso público.
      • Vehículos utilizados como transporte público o de carga, con licencia de uso oficial y licencia de bomberos voluntarios.

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