El impuesto vehicular en Bogotá 2024: lo que necesitas saber

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Actualizado: 2 de Ene 2024

Puede que muchas personas no sepan qué es o para qué sirve un impuesto vehicular. Aquí te contamos lo que necesitas saber de este impuesto que debe pagar todo propietario de un vehículo matriculado en el Distrito Capital de Bogotá.

Impuesto vehicular Bogotá Colombia

¿Qué es el impuesto vehicular - Bogotá?

Es un impuesto que debe pagar todo propietario de un vehículo matriculado en el Distrito Capital de Bogotá. Recuerda que el pago del impuesto vehicular, así como la adquisición del SOAT, son un requisito obligatorio para que puedas circular en la ciudad.

Plazo para pagar el impuesto

Descuento del impuesto sobre vehículos

  • Al finalizar cada año se establece el periodo de tiempo en el cual se debe realizar el pago del impuesto del año siguiente.
  • En Bogotá 2024, el plazo máximo para pagar con descuento es hasta el 24 de mayo, y el plazo máximo para realizar el pago sin descuento es hasta el 28 de junio.
  • Es importante que los ciudadanos estén atentos a los anuncios e información que proporciona el distrito con respecto a estos plazos, pues es posible que surjan cambios en los mismos, como por ejemplo el aplazamiento de las fechas de pago.

Precio impuesto vehicular

El valor del impuesto vehicular (la tarifa) es establecida cada año por el Ministerio de Hacienda y se define a partir del valor comercial del vehículo.

Para el 2024, estos valores se determinaron en el Decreto 1739 del 16 de diciembre de 2022, los cuales son los siguientes:

Tipo de vehículo

Rango de avalúo 

(valor comercial)

Tarifa

Desde

Hasta

Vehículos particulares

Automóviles, camperos, camionetas, station wagon, vehículos de carga y de pasajeros

$0

$ 54'057.000

1,5%

$ 54'057.000

$ 121'625.000

2,5%

$ 121'625.000

En adelante

3,5%

Motocicletas

con más de 125 cm3

Todos los avalúos

1,5%

Vehículos Públicos

Todos los avalúos

0,5%

Fuente: Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá. Elaboración propia.

Para calcular cuánto debes pagar de impuesto vehicular en 2024 debes:

  • Identificar el tipo de vehículo del cual eres propietario.
  • Establecer el avalúo, o el valor comercial, de tu vehículo.
  • Utilizar el cuadro anterior para identificar la tarifa que aplica en tu caso.
  • Multiplicar la tarifa por el valor comercial.

Para tener en cuenta:

  1. Para vehículos nuevos, el valor comercial es el de la factura de compra sin incluir el IVA.
  2. Para vehículos importados directamente por el propietario, el valor comercial es el valor total registrado en la declaración de importación.
  3. Además del impuesto vehicular, todos los vehículos deben pagar los derechos de semaforización equivalentes a 2 salarios mínimos diarios legales vigentes. En 2024 este valor equivale a $77.350.
  4. Aunque las motocicletas de hasta 125 cm3 no deben pagar impuesto vehicular, si tienen que pagar los derechos de semaforización.
  5. No se pueden realizar pagos parciales o acuerdos de pago en el impuesto vehicular. Se debe realizar la declaración y pagar inmediatamente el valor total del impuesto.

Consulta el impuesto vehicular Bogotá

Paso a paso para el trámite del impuesto vehicular - Bogotá

Para realizar el pago del impuesto vehicular debes registrarte en la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda de Bogotá, generar y descargar la factura de pago y realizarlo. Aquí te damos el paso a paso para hacer cada fase.

Regístrate

Para registrarte en la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda de Bogotá debes:

  1. Tener un correo electrónico.
  2. Ingresar a www.haciendabogota.gov.co
  3. Hacer clic en el botón “Oficina Virtual”.
  4. Hacer clic en la opción de “Registro en la Oficina Virtual”.
  5. Hacer clic en “Regístrate aquí”.
  6. Ingresar los datos que la plataforma te pide (tipo de documento, número de documento, fecha de expedición del documento) y hacer clic en “Buscar”.
  7. Lee la información que te proporciona la plataforma y luego haz clic en continuar.
  8. Responde las preguntas de validación y haz clic en “Enviar”.
  9. Registra tu usuario, un correo electrónico que esté en funcionamiento y una contraseña segura que puedas recordar.
  10. Acepta los términos y condiciones, y habilita las opciones que te salen haciendo clic en los cuadrados. Luego presiona “Enviar”.
  11. Saldrá un aviso que dirá que se te ha enviado un correo electrónico. Haz clic en “Continuar” e ingresa a tu correo para activar la cuenta. Si no encuentras el correo en el buzón de entrada, revisa en la bandeja de correos no deseados.
  12. Al activar tu cuenta saldrá un aviso confirmando tu registro.
  13. Ahora dirígete a la página de la Oficina Virtual para iniciar sesión con tu usuario (correo) y contraseña. ¡Ya estás registrado!

Haz clic en el siguiente enlace para ver el video instructivo de registro.

Paga el impuesto vehicular - Bogotá

Para realizar el pago del impuesto vehicular en Bogotá debes seguir estos pasos:

  1. Ingresa a la página oficial de la Secretaría de Hacienda de Bogotá.
  2. Inicia sesión ingresando tu usuario (correo) y contraseña. NO olvides hacer clic en la cajita “No soy un robot”.
  3. Haz clic en “Contribuyente”.
  4. Haz clic en la sección de “Impuestos”.
  5. Haz clic en la opción “Impuesto de vehículos” y saldrá una lista de los vehículos que están a tu nombre.
  6. Haz clic en “Ver detalle” en la fila del vehículo que vas a pagar el impuesto.
  7. Si ya está disponible la factura, haz clic en “Descarga para pago en bancos”, para descargar la factura y realizar el pago en un banco.
  8. Si no se ha generado la factura, haz clic en “Generar declaración/corrección vigencia actual”.
  9. En la siguiente ventana indica si vas a hacer el aporte voluntario del 10% y luego haces clic en “Calcular” para saber el valor que debes pagar del impuesto.
  10. Dirígete a la sección de firmas y diligencia la información, ya sea para persona natural o jurídica, y haz clic en “Presentar declaración” para generar la factura.
  11. Descarga la factura en formato PDF en tu computador, y si deseas realizar el pago en un banco, puedes imprimirla.
  12. Para realizar el pago en línea, haz clic en “Pagar en línea”.
  13. Puedes realizar el pago a través de cuenta corriente, de ahorros o con tarjeta de crédito. Verifica qué opción es viable y más conveniente para ti y haz clic sobre ella.
  14. Diligencia los datos que te pide la plataforma y haz clic en “Pagar”.
  15. Realiza el pago virtual a través de la plataforma virtual de tu banco.
  16. La plataforma de la Secretaría de Hacienda de Bogotá te indicará si la transacción fue aprobada, en tal caso verifica los datos de pago y descarga el comprobante de pago en formato PDF, el cual debes guardar.
  17. Verifica en tu cuenta de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda que se haya registrado el pago.

Haz clic en el siguiente enlace para ver el video instructivo de pago de impuesto vehicular.

Descarga la factura

Otra forma de descargar la factura del impuesto vehicular es la siguiente:

  1. Ingresa a www.haciendabogota.gov.co haz clic en el botón 'Descarga ya tu factura'.
  2. En la ventana que se abre, haz clic en “Impuesto” y luego en 'Vehicular'.
  3. Selecciona 'Tipo de Documento' y escribe el número sin puntos, sin espacios y sin el dígito de verificación (en el caso de que sea un NIT).
  4. Ingresa también la placa de tu vehículo. Todas las letras deben escribirse en mayúsculas.
  5. Haz clic en 'Buscar'. Aparecerá el nombre del propietario del vehículo y el ícono para descargar la factura.
  6. Se descargará en tu dispositivo un archivo en formato PDF. Ábrelo y podrás ver tu factura del impuesto vehicular.

Haz clic en el siguiente enlace para ver el video instructivo para descargar la factura.

Sanciones que puedes tener por no contar con el impuesto al día

Si no presentas la declaración del impuesto vehicular en el plazo máximo definido para declarar y pagar, la sanción por extemporaneidad será del 1,5% por mes sobre el valor a pagar del impuesto, sin exceder el 100% del impuesto.

Ten en cuenta:

  • Si se presenta un pago parcial del impuesto, la declaración se dará por no presentada y regirá esta sanción.
  • La sanción que se aplica es la que esté vigente al momento de la presentación de las declaraciones, no la que estuvo vigente en el plazo de pago oportuno.
  • Existe una sanción mínima aplicable por retrasos en la declaración y pago del impuesto para todo tipo de vehículos automotores. Para el 2024 es de 7 UVT ($276.000).
  • “Cuando se declare y pague un valor inferior al que corresponde, la sanción por corrección será del 10% del mayor valor por pagar que se genere entre la corrección y la declaración inicial, siempre y cuando la corrección se realice antes de que se produzca el emplazamiento para corregir.”

Vehículos exentos de pagar el impuesto

Incentivo en el impuesto vehicular

Los vehículos automotores que no pagan este impuesto son:

  • Bicicletas, motonetas y motocicletas con motor hasta de 125 cm3 de cilindraje.
  • Tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola.
  • Tractores sobre oruga, cargadores, moto trillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcción de vías públicas.
  • Vehículos y maquinaria de uso industrial que no estén destinados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.
  • Los vehículos de la Empresa Distrital de Transporte Urbano, desde su liquidación, hasta la modificación o cancelación de las matrículas de estos.
  • Los vehículos que entran en circulación por primera vez. El impuesto hace parte del valor total registrado en la factura de venta, sin incluir el IVA. Cuando son vehículos importados directamente por el usuario, propietario o poseedor, el impuesto hace parte del valor total registrado en la declaración de importación.

Hay incentivos al pago de impuesto vehicular si eres propietario de vehículos eléctricos o híbridos. En Bogotá se tienen contemplados los siguientes descuentos a partir del año gravable 2021 y hasta el 2030:

Tipo de vehículo

Descuento para vehículos matriculados en Bogotá

Duración del descuento

Exclusiones

Los vehículos eléctricos de servicio público tipo taxi, ya matriculados en Bogotá

70%

5 años a partir de la entrada de vigencia del Acuerdo 780 de 2020.

N.A.

Vehículos eléctricos de servicio público, tipo taxi, nuevos

70%

5 años siguientes de haber matriculado el vehículo.

N.A.

Vehículos eléctricos nuevos

60%

N.A.

Los vehículos híbridos eléctricos nuevos

%

Vehículos híbridos con gas

Fuente: Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá. Elaboración propia.

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